top of page

Apuntes sobre el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, creado por la SCJN.


Entre los objetivos planteados para llevar a cabo la reforma constitucional del 10 de junio de 2011, se buscó lograr que en México la persona y sus derechos fundamentales fueran colocados como eje central en la impartición de justicia.


Así, como herramientas para hacer realidad este objetivo, se implementó el control difuso de constitucionalidad y convencionalidad, establecido en el artículo 1o Constitucional, en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las que México fue parte, y en el expediente Varios 912/201011 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), derivado del cumplimiento del caso Rosendo Radilla Pacheco.


Adicionalmente, vale la pena tener presente el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, que resulta ser un instrumento creado por la SCJN, para hacer realidad el derecho a la igualdad, consagrado por la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como para cumplir con su obligación constitucional y convencional de promover, respetar, proteger y garantizar, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, el derecho a la igualdad y a la no discriminación.


Este Protocolo, a pesar de no ser vinculante, fue creado para brindar a aquellas personas que tienen a su cargo la impartición de justicia, un instrumento con cierta metodología que les sirva de guía, para evitar que en el proceso de interpretación y aplicación del Derecho, intervengan concepciones prejuiciadas de cómo son, y cómo deben comportarse las personas por pertenecer a un sexo o género determinado, o por su preferencia u orientación sexual.



Publicaciones Destacadas
Publicaciones Recientes
Archivo Histórico
Buscar por Palabra Clave
Síganos
  • Facebook Social Icon
  • Twitter Basic Square
bottom of page