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La CRE aprueba Norma Oficial Mexicana sobre gasolinas



El día de ayer el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos, presidido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y compuesto por diversas Secretarías, asociaciones y representantes de la academia, los consumidores y la industria, aprobó por unanimidad, la NOM-016-CRE-2016 Especificaciones de calidad de los petrolíferos.


Esta norma establece parámetros de calidad de gasolinas, gas LP, diésel, turbosina, entre otros petrolíferos, con vigencia máxima de 5 años, sin poner en riesgo el suministro para el país. La norma, que sustituye a la NOM-EM-005-CRE-2015, cuya vigencia expira en octubre, estará disponible en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor a los 60 días de su publicación.


La propuesta aprobada por el comité prohibe utilizar el etanol como un oxigenante, mientras en el caso del diésel la norma toma estándares europeos.


Con la nueva norma se permite el uso del MTBE, ETBE y TAME en su papel de oxigenantes en gasolinas regular y premium hasta en un máximo de 2.7 % de masa de oxígeno en el petrolífero, en todo el territorio nacional.


Asimismo, se permite un contenido máximo de hasta 5.8% en volumen de etanol anhidro como un oxigenante de las gasolinas regular y Premium, en todo el territorio nacional, en cuyo caso, debe ser mezclado durante la carga de los autotanques en las instalaciones de almacenistas y distribuidores.



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