Reformas constitucionales en materia de responsabilidades de los servidores públicos y particulares

El pasado 27 de mayo de 2015, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción. Se trata de un tema ambicioso y en proceso de desarrollo, que abarca el capítulo de los Derechos Humanos y sus garantías, la creación de nuevas facultades del Congreso para expedir la leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoria Superior de la Federación y la ley general que establezca las bases del sistema nacional anticorrupción, así como el Tribunal Federal de Justica Administrativa, y la ley general que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno para establecer responsabilidades administrativas de los servidores públicos, y las que correspondan a particulares vinculados con faltas administrativas graves. La reforma también incluye modificaciones a las facultades de la todavía Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la creación de un Tribunal de Justicia Administrativa para dirimir las diferencias entre la administración pública del Distrito Federal y los particulares.
Como puede apreciarse, el catálogo es amplio por lo que me enfocaré en el análisis de las modificaciones realizadas al Título Cuarto de la Carta Magna y su denominación actual “De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado”.
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