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Prácticas Indebidas de Hecho y de Derecho en el Comercio Exterior

El Comercio Internacional de Mercaderías es la premisa básica de la globalización; A pesar de que México es el país con el mayor número de tratados bilaterales de comercio en el mundo, es una nación con poca experiencia en el intercambio internacional de Mercaderías.

No es sino hasta su incorporación al GATT en 1986, que asume un rol protagónico en la apertura comercial y por supuesto en la globalización.


Análisis.


Históricamente, dada la proclividad del consumo interno quenos caracterizaba, se generaron a lo largo de la vida

independiente de nuestro país prácticas indebidas de comercio internacional;


Destacamos el contrabando (la introducción o extracción de mercancías omitiendo el pago total o parcial de los impuestos o cuotas compensatorias que se deben cumplir);


La elusión mediante argucias técnicas de obligaciones tributarias, lo cuál implica realizar otra clasificación más

específica: o Contrabando técnico por origen o por valor, consistente en la falsedad en las declaraciones hechas ante las autoridades aduaneras; o Contrabando técnico por uso indebido de programas de fomento a la importación o bien a la exportación, véase PITEX (IMMEX) MAQUILA, ECEX, ALTEX, PROSEC’S. Las consecuencias de este tipo de prácticas y las soluciones que deben implementarse en el corto plazo, en la inteligencia que cualquiera de ellas requiere esquemas de coordinación para el intercambio de información muy estrechos a nivel nacional entre las autoridades fiscalizadoras (AGA. AGAFF. AGGC. AGR. UIF) y las Secretarías de Hacienda y de Economía de los países signatarios de los tratados bilaterales o multilaterales (G2, AUE) máxime la reciente incorporación en el concierto comercial de las naciones de China (OMC).


Ante las prácticas indebidas de comercio internacional en primer término destacamos dos posibles consecuencias:


- La evidente omisión de contribuciones (IGI-IVA-ISR-IEPS) y aprovechamientos (CC); y


- La obtención indebida de beneficios fiscales (estrategias para la devolución de impuestos).


Los distintos parámetros de comportamiento elusivos son, por lo general, propiciados por la experiencia de los agentes económicos y las diferentes autoridades que se coluden (a través de los conocimientos adquiridos y “desaprovechados” por los órganos fiscalizadores) con ellos, que como práctica indebida dedican esfuerzos intelectuales fuera de proporción para encontrar lagunas existentes dentro de las disposiciones legales aplicables o bien por facilidades administrativas en las que la autoridad no mantiene los controles debidos (voluntaria o involuntariamente).


No podemos dejar de mencionar las áreas de oportunidad que existen ante el uso exacerbado de los medios de defensa al alcance de los contribuyentes y el éxito de los abogados ante la inexperiencia o ignorancia del Poder Judicial de la Federación en las prácticas de comercio internacional de mercaderías (prácticas jurídica y/u

operativas).


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