Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
La Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados, en reunión extraordinaria, aprobó el Dictamen con proyecto de decreto de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal[1], presentado el 1 de noviembre por la presidenta Claudia Sheinbaum ante ese órgano legislativo. Este instrumento legal a través del cual se fijan las competencias, atribuciones, funciones y facultades de las dependencias del Gobierno Federal, plantea la creación de 3 dependencias; 1 cambio de denominación, y diversas modificaciones a las facultades de las secretarías de estado del gobierno federal. ![]()
La creación de nuevas secretarías corresponde a la:
Por lo que hace al cambio de denominación de la Secretaría de la Función Pública, para convertirse en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), observamos que los cambios se plantean bajo un nuevo enfoque en el fortalecimiento de la prevención, detección y sanción de actos de corrupción:
En relación a los cambios en las facultades que tendrán 8 de las secretarías de estado, a continuación, hacemos referencia a 2 de ellas:
Si bien, este proyecto de reforma, se encuentra en su segunda etapa del proceso legislativo, se plantea que estos cambios serán aprobados lo antes posible, ya que todos estos cambios en la actual estructura orgánica de la Administración Pública Federal, deberán de estar considerados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismo que deberá ser entregado y aprobado en la Cámara de Diputados a más tardar el próximo 15 de noviembre de 2024[2] y 31 de diciembre de 2024[3], respectivamente.
Por el momento, será necesario esperar a que estos 2 eventos legislativos tengan lugar, para que, en nuestras siguientes publicaciones, podamos emitir un análisis de las demás facultades, atribuciones y competencias que tendrán el resto de dependencias del ejecutivo federal.
[1] 11 de noviembre de 2024. [2] Artículo 74, fracción IV, párrafo tercero de la CPEUM. [3] Artículo 66 de la CPEUM. |
Comentários