Regulación del comercio electrónico en materia aduanera y de protección al consumidor.
Los múltiples avances tecnológicos que existen en la actualidad han penetrado tanto en las actividades económicas, como en el estilo de vida de las personas, lo que ha dado paso a que sean cada vez mayores las herramientas electrónicas con las que contamos para realizar compras y ventas no presenciales.
Si bien el comercio electrónico trae diversos beneficios para el consumidor, al facilitar la adquisición de productos y servicios sin tener que realizarla de manera presencial, así como brindar una mayor oferta en el precio de los productos debido a la amplitud del mercado; también conlleva diversos riesgos debido a que la información sobre las mercancías en muchos de los casos, se presenta en formas poco claras al igual que el monto total a pagar.
De acuerdo con cifras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), tan sólo el año pasado las reclamaciones presentadas ante la Comisión en materia de comercio por internet fueron 1,061 y sólo el 59.6% obtuvo una resolución favorable.
Anteriormente, el Mtro. José Antonio Cuéllar Labarthe había realizado el análisis de la regulación al comercio electrónico en materia aduanera en los artículos titulados “El comercio electrónico en México y su regulación aduanera”, en el cual se identificaron las deficiencias en la regulación de la importación de mercancías hechas a través de Sepomex y por las empresas de mensajería y paquetería; y en el artículo “Regulación de las importaciones realizadas por empresas de mensajería y paquetería al amparo de las Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior”, en el cual se analizaron las modificaciones y adiciones establecidas en la TERCERA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus Anexos 1, 1-A, 4 y 22 respecto de la importación de mercancías mediante las empresas de mensajería y paquetería así como el Servicio Postal Mexicano.
Por lo que atañe a la protección al consumidor, el 30 de abril de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-COE-001-SCFI-2018 denominada: Comercio electrónico - disposiciones a las que se sujetarán aquellas personas que ofrezcan, comercialicen o vendan bienes, productos o servicios. Esta norma tiene como principal objetivo el establecer las disposiciones a las que se sujetarán todas aquellas personas físicas o morales que en forma habitual o profesional ofrezcan, comercialicen o vendan bienes, productos o servicios, mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
Por lo tanto, derivado de la importancia del tema, en el presente artículo se analizarán e identificarán las restricciones, tanto en materia aduanera como de protección al consumidor, que actualmente existen en el comercio electrónico.