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Cancelación de títulos de concesión y el derecho de audiencia previa


La Tesis de Jurisprudencia IV.1o.A.J/26(10a.) establece que, si bien la autoridad estatal tiene facultades para determinar la cancelación de los títulos de concesión para operar el servicio público de taxis, se debe garantizar que prevalezca el derecho humano de audiencia previa y el desahogo de un procedimiento previo.la Tesis de Jurisprudencia IV.1o.A.J/26(10a.) establece que, si bien la autoridad estatal tiene facultades para determinar la cancelación de los títulos de concesión para operar el servicio público de taxis, se debe garantizar que prevalezca el derecho humano de audiencia previa y el desahogo de un procedimiento previo.



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