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La SCJN declara inconstitucionales, leyes estatales anticorrupción


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que las leyes anticorrupción aprobadas en los estados de Chihuahua y Veracruz son inconstitucionales.


Se determinó que los congresos locales de ambas entidades sí tienen la facultad de legislar, pero se adelantaron a que se emitieran, y entraran en vigor, las leyes secundarias en la materia, como argumentó la Procuraduría General de la República (PGR) en el recurso de inconstitucionalidad que presentó en contra de esas dos entidades.


Los proyectos presentados por José Ramón Cossío Díaz y Javier Laynez Potisek dejaban clara la temporalidad que emanó de la reforma constitucional y que dio paso al Sistema Nacional Anticorrupción.


Se estimó que dichas entidades no esperaron la expedición de leyes federales que permitieran homologar criterios y, por ejemplo, Chihuahua legisló y adoptó sus leyes el 12 de junio, mientras que Veracruz lo hizo el 13 del mismo mes, mientras que el Ejecutivo federal promulgo las leyes secundarias el 18 de julio del 2016.


Fue por ello que a través de la Procuraduría General de la República, y una semana después que aprobaran estas entidades sus leyes y normas, el gobierno federal presentó las acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.





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