Programas Especiales de Protección Civil en la CDMX
El gobierno de la Ciudad de México recientemente dio a conocer los Términos de referencia para la elaboración de Programas Especiales de Protección Civil , estos Programas Especiales (PEPC) son instrumentos que contiene las medidas de prevención y respuesta para actividades, eventos o espectáculos públicos de afluencia masiva en áreas o inmuebles diferentes a su uso habitual que conlleven un nivel elevado de riesgo, y que deben de elaborar aquellas personas físicas o morales, que quieran llevar a cabo alguna de estas actividades, es decir: promotores; organizadores; productores; alcaldías; dependencias, órganos desconcentrados; organismos descentralizados; organismos autónomos o entidades de la administración pública de la Ciudad de México.
En este acuerdo, se establecen las reglas mínimas en áreas importantes para la protección civil que incluyen:
-
Determinación de obligaciones de las personas físicas y morales en torno al PEPC;
-
Prevención y atención de riesgos y emergencias en los eventos y espectáculos que se celebren en lugares diferentes al uso habitual donde radican los comercios (inmuebles).
-
Obligación del registro del PEPC, a través de un Responsable Oficial de Protección Civil.
-
Contar con una regulación, instrumentos y mecanismos que permitan la prevención de riesgos.
-
Obtener el visto bueno del Heroico Cuerpo de Bomberos.
Además, los términos de referencia establecen especificaciones, parámetros y límites mínimos que son obligatorios para determinadas actividades, como lo puede ser: instalaciones y usos temporales de gas L.P., instalaciones eléctricas; hidrosanitarias; estructurales, medidas para el manejo, almacenamiento y transporte de combustibles; uso de juegos mecánicos; publicidad y activación de marcas; uso de drones y globos; escenarios; food trucks, entre otros. Es importante no perder de vista que, estas reglas pueden ir de la mano del cumplimiento de otras normativas, como son las normas oficiales mexicanas (NOM’S).
Asimismo, los términos de referencia prevén instrumentos de identificación y análisis de riesgos para cada caso en particular, los cuales van enfocados a realizar una evaluación de las consecuencias de fenómenos perturbadores que pueden producirse en los eventos que se llevan a cabo, así como una serie de especificaciones relacionadas a los equipamientos y zonificación para atención de emergencias y la elaboración de un plan de contingencias, observando protocolos de actuación por cada uno de los riesgos que puedan existir.
Estos términos, aplicables a partir del próximo 20 de agosto, contemplan también requerimientos específicos para espectáculos circenses y eventos/espectáculos tradicionales como ferias, juegos mecánicos, pirotecnia, posadas populares, comparsas, bailes, carnavales, inflables, y espectáculos taurinos.
En CLG-Abogados contamos con el personal y la experiencia necesaria para representar a nuestros clientes en los temas aquí tratados. En caso de requerir asesoría y/o acompañamiento en este u otros temas, los invitamos a ponerse en contacto con nosotros.